Dictamen nº 30099 de Contraloría General de la República, de 20 de Noviembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 828012993

Dictamen nº 30099 de Contraloría General de la República, de 20 de Noviembre de 2019

N° 30.099 Fecha: 20-XI-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo Coloma Carrasco, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para reclamar en contra de un proceso de selección interno para disponer la destinación de un electrónico al aeropuerto Mataveri de Isla de Pascua, pues con posterioridad a haber sido notificado de su selección en tal certamen, se le comunicó que aquella decisión fue dejada sin efecto por no tener una experiencia mínima de cinco años en el mantenimiento de los sistemas de radioayudas y telecomunicaciones, requisito que habría sido incorporado al modificarse las bases una vez iniciado el proceso de selección.

En su informe, la mencionada entidad manifestó, en síntesis, que como acción de buena práctica, determinó convocar a un proceso de selección con el objeto de destinar a la persona más idónea para cumplir el cargo señalado, precisando que con fecha 13 de agosto de 2018, durante el pertinente periodo de postulación -fijado desde el día 9 al 16 de ese mes y año- se modificó la publicación realizada en la Intranet institucional agregando la anotada exigencia, toda vez que la actividad que realizará el empleado seleccionado tiene que ver con ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas, equipos electrónicos, equipos de ayudas visuales y eléctricos asociados, con el objetivo de brindar seguridad a las operaciones aéreas, de modo que era razonable pedir experiencia en los sistemas de radioayudas y telecomunicaciones.

Al respecto, cabe anotar que los artículos 46, inciso tercero, de la ley N° 18.575 y 73 de la ley N° 18.834, disponen, en lo que interesa, que las destinaciones constituyen una facultad del jefe superior del servicio, que implica prestar servicios en cualquiera localidad, para el desempeño de labores propias del cargo para el cual ha sido designado el respectivo funcionario y en un empleo de la misma institución y jerarquía.

En este mismo sentido, el artículo 24 de la ley N° 16.752, que fija la organización de la Dirección General de Aeronáutica Civil, permite a la superioridad de esa institución trasladar y disponer el cambio de destino del personal de su dependencia en los casos en que sea necesario para el buen funcionamiento del servicio.

Puntualizado lo anterior, es menester expresar, según lo manifestado en el dictamen N° 59.857, de 2013, de este origen, entre otros, que es atribución privativa de la jefatura ordenar las destinaciones del...

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