Dictamen nº 29274 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 635416321

Dictamen nº 29274 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2016

N° 29.274 Fecha: 19-IV-2016

El Director de Finanzas del Estado Mayor Conjunto solicita se determine el momento en que se contabiliza el devengo de los recursos que dicha entidad transfiere a las Fuerzas Armadas, y que estas ingresan a sus presupuestos, atendido lo dispuesto en los incisos primero y tercero del artículo 26 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.

Adicionalmente, consulta si las aludidas entidades receptoras deben rendir cuentas mensualmente, de acuerdo a la programación de gastos, o en forma global, una vez invertida la totalidad de los haberes.

Por último, pregunta hasta cuándo se hace exigible el deber del Estado Mayor Conjunto de requerir la rendición de cuentas a los receptores, si estos no invierten la totalidad de los fondos dentro de la anualidad presupuestaria en que se traspasaron.

En relación con los recursos por los cuales se consulta, es pertinente señalar que hasta el año 2014, las sucesivas leyes de presupuestos del sector público contemplaron la asignación “Fondo para Misiones de Paz” dentro del Subtítulo 24, Transferencias Corrientes, Ítem 03, a Otras Entidades Públicas, del Programa 01 del Estado Mayor Conjunto.

La glosa presupuestaria asociada a tal asignación precisaba que esos recursos tenían por objeto financiar los costos que demandara la preparación y participación de fuerzas chilenas en operaciones de carácter internacional; que la administración, el procedimiento de asignación de los caudales y las demás normas de funcionamiento del Fondo se regían por el decreto supremo N° 40, de 2001, del Ministerio de Defensa Nacional, y que las respectivas transferencias corrientes no ingresaban a los presupuestos de los organismos receptores.

Las leyes de presupuestos del sector público de los años 2015 y 2016, previeron los caudales del “Fondo para Misiones de Paz” en dos ítems presupuestarios distintos dentro de las transferencias corrientes del subtítulo 24: en el ítem 02, al Gobierno Central, mediante las asignaciones 005 (Ejército de Chile), 006 (Armada de Chile), y 007 (Fuerza Aérea de Chile), mientras que en el ítem 03, a Otras Entidades Públicas, se contempló la asignación 041.

En la ley de presupuestos correspondiente al año 2015, todas esas categorías de gastos se rigieron por la glosa 03, preceptiva que si bien replicó lo dispuesto en los años anteriores, suprimió la mención sobre el tratamiento extrapresupuestario de las transferencias...

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