Dictamen nº 28564 de Contraloría General de la República, de 7 de Noviembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 826748001

Dictamen nº 28564 de Contraloría General de la República, de 7 de Noviembre de 2019

N° 28.564 Fecha: 07-XI-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Consejo de Defensa del Estado para solicitar un pronunciamiento que determine si el señor Francisco Marchant Vergara, funcionario de ese servicio, puede recuperar los bienios que fueron absorbidos al ser nombrado en calidad de suplente, en un grado mayor, considerando que al término de ese último desempeño ha vuelto a ser designado a contrata.

Al respecto, cabe anotar que el artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, en sus incisos primero y segundo, concede una asignación de antigüedad a los empleados que señala, por cada dos años de servicios efectivos en un mismo grado, el cual se devengará automáticamente a partir del día 1° del mes siguiente a aquel en que se hubiere cumplido el bienio respectivo, cuyo monto se calcula en la forma que se expresa.

Luego, se debe añadir, de conformidad con lo dispuesto en los incisos tercero, cuarto y quinto del citado artículo 6°, y con arreglo al criterio contenido en el dictamen N° 6.937, de 2014, de este origen, que el desplazamiento de un funcionario a un cargo de mayor renta como consecuencia de un ascenso o de una contratación, produce la absorción de los bienios que tenía reconocido, sin desmedro del derecho que le asiste al servidor para que se le reconozca, en su nueva ubicación, un beneficio por dicho concepto que le asegure una renta no inferior a la que percibía en el cargo anterior, más la asignación de antigüedad que estuviera percibiendo, incrementada en un bienio.

En este contexto, es útil consignar que esta Entidad de Control, en los dictámenes Nos 35.677, de 2000 y 13.734, de 2011, entre otros, ha sostenido que solo aquellos empleados que son nombrados en cargos como suplentes, a contrata o de exclusiva confianza, y conserven en propiedad el empleo anterior en calidad de titulares, tienen derecho a mantener los bienios que tuvieren reconocidos, toda vez que en los demás desempeños -como el de la especie-, al producirse el cese, el afectado se desvincula de su anterior cargo, con el...

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