Dictamen nº 2732 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 840246956

Dictamen nº 2732 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2020

N° 2.732 Fecha: 03-II-2020

Don Luis Riquelme Navarro, en representación de la Asociación Gremial de Instituciones de Infancia y Adolescencia (AINFA A.G), solicita se deje sin efecto la autorización otorgada por esta Contraloría General al Servicio Nacional de Menores (SENAME), en orden a permitir que los antecedentes de las rendiciones de cuentas permanezcan en poder de los organismos colaboradores de esa entidad.

Funda su petición, en la imposibilidad de dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el SENAME, en cuanto a proporcionarle los respaldos de las rendiciones para dar cumplimiento a los requerimientos de acceso a la información pública.

Requerido su Informe, el SENAME manifiesta que, en el ejercicio de sus facultades, instruyó a sus colaboradores que le proporcionen la documentación que indica, basado en las diversas decisiones del Consejo para la Transparencia, que imponen el deber de entregar no sólo los documentos que obran en su poder, sino que también a los que se encuentra bajo su órbita de control, como ocurre en la especie. Agrega que no han variado los supuestos que permitieron otorgar la autorización en examen.

Como cuestión previa, cabe señalar que las bases del concurso público de proyectos para las líneas que se indican, aprobadas por resolución exenta N° 3.175, de 2018, del SENAME, establecieron en su punto 11, en lo que interesa, que el colaborador que resulte adjudicado y suscriba el convenio respectivo, se obliga a proporcionar a ese servicio todas las copias digitalizadas, o en caso que no fuere posible, todas las fotocopias legibles de la información que debe ingresarse en el Sistema de Registro de Colaboradores Acreditados y sus Proyectos (SENAINFO), que hayan sido requeridas en el marco de una solicitud de acceso a la información.

Luego, el artículo 1° del decreto ley N° 2.465, de 1979, que crea el SENAME y fija el texto de su ley orgánica, previene que dicho organismo está encargado de contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la reinserción social de adolescentes que han infringido la ley penal, para cuyo efecto le corresponderá, entre otras tareas, supervisar y fiscalizar, técnica y financieramente la labor que desarrollen las instituciones públicas o privadas que tengan la calidad de colaboradores acreditados.

Su artículo 15 establece que tales colaboradores deberán cumplir las normas o instrucciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR