Dictamen nº 2731 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 840246920

Dictamen nº 2731 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2020

N° 2.731 Fecha: 03-II-2020

Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Andrés León y Hernán Ramírez, solicitando que se determine el alcance de la resolución exenta N° 420, de 2016, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, a través de la cual este se pronunció sobre la consulta de pertinencia de ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental -SEIA- del proyecto “Modificación Proyecto Optimización de Celdas Electrolíticas”, formulada por la Corporación Nacional del Cobre. Asimismo, requieren los peticionarios que se determine cuáles son los organismos encargados de la fiscalización de tal resolución.

Precisan que la mencionada resolución concluyó que aquel proyecto no debe someterse obligatoriamente al mencionado sistema en forma previa a su ejecución, entendiendo los recurrentes con ello que se ha alterado tácita y considerablemente la resolución exenta N° 462, de 2008, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, que calificó favorablemente la declaración de impacto ambiental del proyecto original.

Requeridos sobre el particular, el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental -SEA- acompañaron sus correspondientes informes, indicando, en lo que interesa, que la mencionada resolución exenta N° 420 fue emitida en virtud de las facultades del SEA, y que constituye un acto de opinión que no tiene la aptitud de modificar la correspondiente resolución de calificación ambiental.

Sobre el particular, cabe señalar que la “Evaluación de Impacto Ambiental”, conforme a la letra j) del artículo de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es el procedimiento, a cargo del SEA, que, en base a un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, determina si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes, y que se rige por el decreto N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

De acuerdo a los artículos 28 y 59 del mencionado reglamento, la evaluación de que se trata se inicia con la presentación de un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental ante la Comisión de Evaluación respectiva o ante el director ejecutivo del servicio, según corresponda, y termina con una resolución de calificación ambiental que aprueba o rechaza un proyecto o una actividad.

Luego, en cuanto a las consultas de pertinencia de ingreso al SEIA, estas se regulan en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR