Dictamen nº 26855 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 632734473

Dictamen nº 26855 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2016

N° 26.855 Fecha: 11-IV-2016

La Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República ha remitido a esta Contraloría General la reclamación deducida por el señor Sergio Chandía López, funcionario del Fondo Nacional de Salud, quien consulta, según entiende esta Entidad Fiscalizadora, si quienes se encuentran en posesión de un título técnico universitario e ingresaron a prestar servicios en la Administración del Estado, con posterioridad al año 2000, tienen derecho a percibir la asignación profesional.

Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, concede el aludido estipendio a los servidores de las entidades que indica, que, entre otras exigencias, cuenten con un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases.

Por su parte, conviene destacar que mediante los dictámenes N°s 36.931 y 39.874, ambos de 2001, de esta procedencia, se señaló que aquellos diplomas que, por sus condiciones específicas, duración, nivel de estudios y preparación para el desempeño posterior de los egresados, son propiamente técnicos, no dejan de gozar ese carácter aunque la universidad que los otorgó declare que se trata de títulos profesionales.

Ahora bien, es útil tener presente que con posterioridad a la emisión de los anotados pronunciamientos, esta Entidad Fiscalizadora indicó, a través de su dictamen N° 7.294, de 2011, que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 de la citada ley N° 18.962 -norma actualmente contenida en el artículo 104 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR