Dictamen nº 26001 de Contraloría General de la República, de 30 de Septiembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 817296789

Dictamen nº 26001 de Contraloría General de la República, de 30 de Septiembre de 2019

N° 26.001 Fecha: 30-IX-2019

La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación del Servicio Nacional de Aduanas, en que solicita la reconsideración del oficio N° 9.515, de 2018, de esa sede regional, toda vez que, en su opinión y de acuerdo con los nuevos antecedentes que acompaña, procedería conceder a la sucesión de su ex funcionaria, doña Juana Naveas Leiva, la bonificación adicional por retiro que contempla el artículo 1 de la ley N° 20.948 que a esta le hubiera correspondido.

Por su parte, la señora Marcella Morales Naveas, hija de la causante, requiere un pronunciamiento en similares términos.

Como cuestión previa, cabe anotar que a través del citado oficio se determinó que esta última heredera no tenía derecho a percibir el bono que reclama, por cuanto su madre postuló a uno de los cupos correspondientes al año 2017 el día siguiente al vencimiento del plazo previsto por el número 1, letra a) del artículo primero transitorio del referido cuerpo normativo.

Sobre el particular, es dable recordar que la ley N° 20.948 otorga, en su artículo 1, una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata que perciban la bonificación por retiro del título II de la ley N° 19.882, siempre que se encuentren afiliados al sistema de pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, que a la fecha de postulación tengan veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales, y cumplan los demás requisitos que establece esta ley.

A continuación, su artículo 5 preceptúa, en lo pertinente, que podrán acceder al referido beneficio durante los años 2016, 2017 y 2018 hasta un máximo de 3.000; 2.800 y 3.300 empleados, respectivamente, conforme los procedimientos que se disponen en los artículos transitorios.

En este contexto, corresponde mencionar que el artículo primero transitorio del texto legal en comento -que regula el procedimiento para asignar los cupos para los años 2016 a 2018-, prevé, en su número 1, letra a), que los funcionarios y funcionarias que al día anterior a la fecha de publicación de esa ley -3 de septiembre de 2016- tengan 65 o más años de edad deberán postular a la bonificación adicional dentro de los treinta días hábiles siguientes a dicha publicación, señalando si postulan a los cupos correspondientes al año 2016 o 2017.

De este modo, el personal mayor de 66 años, al 3 de septiembre de 2016, contó con el plazo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR