Dictamen nº 260 de Contraloría General de la República, de 28 de Enero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 857109054

Dictamen nº 260 de Contraloría General de la República, de 28 de Enero de 2021

Fecha28 Enero 2021
Tipo de documentoGenerales

N° 260 Fecha: 28-I-2021

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Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputados, a requerimiento de la Diputada señora Marcela Hernando Pérez, para solicitar que se instruya una investigación en el Gobierno Regional de Antofagasta (GORE), con el objeto de que se determinen las presuntas irregularidades cometidas en el desarrollo de la segunda convocatoria para participar del concurso con cargo al 2% de cultura del año 2020, del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR, que habrían ocasionado que se inhabilitara su ejecución.

La aludida parlamentaria fundamenta su petición señalando, en síntesis, que miembros del Consejo Regional de Antofagasta (CORE), indicaron que uno de los abogados de dicha entidad no habría efectuado las gestiones necesarias ante este Órgano de Control, para que se realizara el control preventivo de legalidad del anotado concurso, negligencia que, a su juicio, habría dejado sin posibilidad de financiamiento una serie de actividades culturales de la región.

Requerido al efecto, el Intendente Regional de Antofagasta manifiesta, en resumen, que los hechos imputados al GORE no son precisos ni veraces, por cuanto, la supuesta inhabilitación a la que se hace alusión no fue tal, encontrándose el concurso de cultura vigente y en ejecución; no existió falta de gestión por su unidad jurídica en los términos señalados sino solo retraso en uno de los actos administrativos.

Sobre el particular, el artículo 74 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en armonía con el inciso segundo del artículo 115 de la Constitución Política, dispone que "el Fondo Nacional de Desarrollo Regional es un programa de inversiones públicas, con finalidades de desarrollo regional y compensación territorial, destinado al financiamiento de acciones en los distintos ámbitos de desarrollo social, económico y cultural de la región, con el objeto de obtener un desarrollo territorial armónico y equitativo".

Por su parte, las letras e) de los artículos 24 y 36 de dicho texto legal, establecen como una de las funciones del Consejo Regional, la de resolver sobre la base de la proposición del Intendente -ambos como órganos del Gobierno Regional-, la distribución de los recursos del FNDR que correspondan a la región.

A su turno, la glosa 02, común para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales y para el programa 03 del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica...

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