Dictamen nº 2533 de Contraloría General de la República, de 30 de Enero de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 840246904

Dictamen nº 2533 de Contraloría General de la República, de 30 de Enero de 2020

N° 2.533 Fecha: 30-I-2020

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, para solicitar, por los motivos que expone, la reconsideración del oficio N° 26.310, de 2019, de esta procedencia.

Por su parte, el señor Hernán Araya Lallana reclama por el incumplimiento de dicho oficio.

Como cuestión previa, es menester recordar que a través del oficio N° 8.060, de 19 de marzo de 2019, esta Entidad Fiscalizadora dispuso que la indicada subsecretaría debía dejar sin efecto el cese anticipado de la contrata del señor Araya Lallana, regularizando su designación por todo el año 2018, en los mismos términos de su última contrata y pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo durante el cual se vio separado de sus labores, pues el acto administrativo que dispuso ese cese anticipado, no se ajustó a derecho.

Seguidamente, mediante el oficio N° 14.499, de 30 de mayo de 2019, de esta procedencia, se rechazó la petición de reconsideración y se ratificó el citado oficio N° 8.060, de 2019, por falta de antecedentes que permitieren modificar lo resuelto.

Posteriormente, y con ocasión de una presentación realizada por el señor Araya Lallana, esta Contraloría General, a través de su oficio N° 26.310, de 3 de octubre de 2019, complementó los mencionados oficios Nos 8.060 y 14.499, de 2019, haciendo presente, en síntesis, en atención a que la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo no emitió ningún acto administrativo fundado que dispusiera el cese de la contrata del señalado servidor para el año 2019, que aquella entidad debía reincorporar al señor Araya Lallana, pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo durante el cual permaneció alejado de la institución.

Ahora bien, en cuanto al argumento expuesto por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para la solicitud de reconsideración del citado oficio N° 26.310, de 2019, esto es, que no era posible emitir un acto administrativo que cesara la contrata del señor Araya Lallana para el año 2019, toda vez que se encontraba pendiente el pronunciamiento de esta Contraloría General que ordenó la reincorporación de aquel, el que se emitió en el mes de marzo del año 2019, es pertinente hacer presente, en atención a que el cese del indicado servidor no se ajustó a derecho, que debe entenderse que el vínculo jurídico correspondiente se mantiene, por ende, este debía renovarse en la medida de que no se dispusiera el cese...

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