Dictamen nº 25027 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 743037469

Dictamen nº 25027 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 2018

N° 25.027 Fecha: 05-X-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el prosecretario de la Cámara de Diputados, remitiendo copia de la solicitud del diputado señor Issa Kort Garriga, en la cual requiere se informe sobre los eventuales vicios de que pudiera adolecer el proceso de desvinculación y no renovación del contrato del señor José Andrés Palma Palma, materializado en el decreto alcaldicio N° 1.513, de 30 de noviembre de 2017, de la Municipalidad de La Granja.

Al respecto, el diputado señor Issa Kort Garriga, señala que si bien la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago se pronunció respecto de la desvinculación del referido funcionario, desestimando su reclamación mediante el oficio N° 1.186, de 2018, ratificado por sus símiles N°s 3.927 y 4.647, del mismo año, a su juicio, conforme al nuevo antecedente que acompaña -acta de la sesión ordinaria N° 6, de 2018, del concejo municipal de La Granja-, en que constaría que el alcalde habría manifestado que la no renovación del contrato del señor Palma Palma obedeció a un fundamento distinto al consignado en el correspondiente decreto alcaldicio, procedería efectuar un nuevo estudio sobre la materia. Asimismo, solicita se revise si dicho cese produjo el efecto de disminuir el gasto municipal en personal a contrata, argumento que se utilizó para fundar su desvinculación.

Requerida al efecto, la aludida entidad edilicia informó, en síntesis, que su actuar se ajustó a sus facultades. Agrega, en cuanto al nuevo antecedente invocado, referido a que la autoridad edilicia habría señalado que la no renovación de la contrata del funcionario se debía a que éste no cumplió las labores que le fueron encomendadas, que ello no pasa de un comentario, puesto que la motivación de la decisión es la expresada en el correspondiente acto administrativo, el que se fundó en razones de orden presupuestario, a fin de regularizar situaciones que le fueron observadas por la citada sede regional de control en el oficio N° 14.267, de 2017.

Sobre el particular, cabe recordar que la jurisprudencia administrativa de esta entidad de control contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 22.766 y 85.700, ambos de 2016, y 6.400, de 2018, ha precisado que las reiteradas prórrogas anuales de las contratas -desde la segunda renovación al menos-, generan en los servidores que se desempeñan sujetos a esa modalidad, la confianza legítima de que tal práctica será reiterada en el futuro, de modo que para adoptar una...

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