Dictamen nº 24993 de Contraloría General de la República, de 5 de Agosto de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847400370

Dictamen nº 24993 de Contraloría General de la República, de 5 de Agosto de 2020

Nº E24993 Fecha: 05-VIII-2020

El Alcalde de la Municipalidad de Pichidegua; particulares integrantes de asociaciones de la misma comuna y de la comuna de Las Cabras, y don Oscar Montedónico Izeta, miembro de la Asociación Ribereños Río Cachapoal, se han dirigido a esta Contraloría General formulando consideraciones acerca de la dictación, por parte de la Dirección General de Obras Públicas, de la resolución N° 22, de 27 de febrero de 2018, que aprobó la circular aclaratoria N° 4 de las bases de la licitación pública de la obra pública fiscal denominada “Concesión Ruta 66, Camino de la Fruta”, en virtud de la cual se prorrogó la recepción de las ofertas y apertura de las ofertas técnicas, prevista para esa fecha, hasta el 26 de julio de aquel año.

Agregan, que el Servicio no les ha proporcionado información acerca de si en dicho 27 de febrero se llevó a cabo la recepción de las ofertas.

Requerida de informe, la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas -que de acuerdo con el artículo 2 de la ley 21.044 asumió las competencias sobre la materia-, expresó, en síntesis, que la referida resolución N° 22 se dictó en conformidad con la normativa vigente, y que la recepción de las propuestas no se realizó a las 12 horas del día 27 de febrero de 2018 puesto que por la recién citada resolución, acorde con los preceptos de las bases, se postergó dicha actuación para el 26 de julio de aquella anualidad, sin perjuicio de agregar que, en definitiva, en virtud de lo dispuesto en su resolución N°5, de 2019, tal actividad se materializó el día 31 de mayo del pasado año.

Sobre el particular, y sin perjuicio del tiempo transcurrido desde su dictación, cumple con manifestar que la mencionada resolución N° 22, de 2018, fue analizada por esta Entidad de Fiscalización con ocasión de su control previo de juridicidad, siendo tomada razón en su oportunidad, por estimarse ajustada a derecho. Cabe añadir que las otras resoluciones que sancionaron...

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