Dictamen nº 21624 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 240069590

Dictamen nº 21624 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 1984

vigilante privado de municipalidad no tiene derecho a que se le remuneren como extraordinarios trabajos realizados durante periodo en que estuvo contratado segun dfl 338/60 cumpliendo jornada de trabajo que excedia del maximo permitido por dl 249/73 art/21, en virtud de lo dispuesto en dfl 338/60 art/380 (aplicable a personal municipal por dl 1289/75 art/3 tran), dfl 338/60 art/79 y dto 1046/77 hacie, porque tales pagos proceden cuando existe autorizacion previa emanada de autoridad correspondiente, en la especie los alcaldes, segun ley 18073 y ley 11188, autoridad edilicia que no asigno a trabajos realizados por interesado el caracter de extraordinarios, toda vez que no emitio acto formal que asi los...

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