Dictamen nº 43982 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 239993946

Dictamen nº 43982 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2008

N° 43.982 Fecha: 17-IX-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Miguel González G., en representación de la empresa Gestión Integral G&C Ltda., y esta última como apoderada de la firma "Ingeniería y Desarrollo Server Ltda.", subcontratista que ejecutó parte de las obras del "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 3", denunciando falta de fiscalización y control por parte del Ministerio de Obras Públicas a la Sociedad Concesionaria Infraestructura Penitenciaria Grupo Tres S.A., responsable del diseño, construcción, conservación y explotación de las mismas, lo cual ha ocasionado un grave daño patrimonial, entre otras, a la empresa que representa, por falta de pago de los trabajos ejecutados.

Agrega que ha realizado una serie de presentaciones, a distintas autoridades relacionadas con la materia, sin obtener respuesta satisfactoria a sus reclamos, debido a lo cual requiere de esta Entidad de Control se practiquen las investigaciones correspondientes y se ordene el pago de las deudas que mantiene la Administración con su representada.

Sobre el particular se requirió informe al Ministerio precitado, cuya Fiscalía a través del ORD. N° 1169 del año en curso, remite ORD. N° 213, de 2008, del Coordinador (S) de Concesiones de Obras Públicas, que señala en síntesis, que con fecha 3 de abril de 2007, esa Cartera solicitó la intervención de la Comisión Conciliadora, conforme al mecanismo de resolución de controversias previsto en el artículo 36 del D.S. MOP N° 900, de 1996, aplicable al contrato de la especie, a objeto que adoptara las medidas pertinentes, de acuerdo a su competencia, para solucionar los problemas que aquejaban a los subcontratistas de las obras, la cual propuso bases de conciliación que fueron aceptadas por la sociedad concesionaria y los Ministerios de Obras Públicas, Hacienda y Justicia.

Hace presente el Servicio informante que los términos de dicha conciliación, entre los cuales se incluyen las demandas de la subcontratista recurrente, fueron recogidos por el convenio complementario N° 2, de 10 de octubre, aprobado por decreto N° 720, del Ministerio de Obras Públicas, de 12 de octubre, ambos de 2007, este último tomado de razón por este Organismo Fiscalizador el 28 de diciembre del mismo año.

Asimismo, consigna que las presentaciones efectuadas ante esa Secretaría de Estado, por el representante de la recurrente, fueron respondidas mediante ORD. N° 2.774 de 13 de agosto de 2007, cuya copia adjunta.

Finalmente señala, que de conformidad a lo informado por el Inspector Fiscal, mediante ORD...

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