Dictamen nº 10799 de Contraloría General de la República, de 20 de Marzo de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239978558

Dictamen nº 10799 de Contraloría General de la República, de 20 de Marzo de 2002

N° 10.799 Fecha: 20-III-2002

Mediante la resolución N° 4, de 2000, de la Dirección de Obras Portuarias de la Región de Coquimbo, se autorizan "Aumento de obras" y "Obras extraordinarias" en el contrato "Mejoramiento Caleta Pesquera San Pedro Los Vilos, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo", adjudicado por resolución DOP-C N° 1, de 1999, y se aprueba el convenio ad-referéndum de 31 de marzo de 2000, suscrito entre la Dirección de Obras Portuarias de la Región de Coquimbo y la Empresa Constructora Contex Ltda.

Por otro lado, y frente al reparo que mereció el referido documento, que motivó la expedición del oficio N° 1217, de 2000, de la Contraloría Regional de Coquimbo, en el cual se señala, en síntesis, que el monto de las obras extraordinarias que se aprueban excede el porcentaje que para estos casos previene el artículo 99, inciso tercero, del decreto N° 15, de 1992, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, el Ministro de la respectiva Cartera, a través del ORD. N° 3922, de 31 de diciembre pasado, recaba la aplicación del artículo 115 del DFL N° 850, de 1997, de la aludida Secretaría de Estado, y solicita se tome razón de la resolución ya mencionada.

Al efecto, hace presente que concurriría la condición de existir buena fe, pues quienes intervinieron en la celebración del pacto lo hicieron en la creencia que actuaban con apego a la pertinente normativa reglamentaria, al margen de que las obras contratadas constituían la única alternativa técnica para permitir la utilización de la infraestructura en toda condición climática, agregando que no existe perjuicio para el interés fiscal, por cuanto las labores se ejecutaron en forma íntegra, acorde con los requerimientos técnicos y las necesidades de los usuarios, sin necesidad de paralizar las faenas.

Sobre el particular, cumple expresar que conforme al inciso segundo del artículo 115 del DFL N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840 y del decreto con fuerza de ley N° 206, de 1960, el Contralor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR