Dictamen nº 58198 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 239965598

Dictamen nº 58198 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2005

N° 58.198 Fecha: 13-XII-2005

La Contraloría Regional del Maule se ha dirigido a esta Sede Central, solicitando un pronunciamiento respecto de la procedencia de que la Municipalidad de Pelarco contrate a honorarios a abogado, hermano del Juez de Policía Local de esa comuna, entre el 15 de marzo y el 31 de diciembre de 2005, según da cuenta el Decreto N° 63, de 2005.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el artículo 54, letra b), de Ley N° 18.575, establece que son inhábiles para ingresar a cargos de la Administración del Estado las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive.

En este contexto, la jurisprudencia de este Organismo de Fiscalización contenida, entre otros, en el Dictamen N° 52.058, de 2002, ha sostenido que la norma de inhabilidad contemplada en el citado artículo 54, de Ley N° 18.575, que impide ingresar a cargos de la Administración del Estado a personas con los vínculos de parentesco que allí se indican, en relación con las autoridades y funcionarios que menciona, afecta a quienes prestan servicios en virtud de un contrato a honorarios.

Como puede advertirse, el referido precepto impide ingresar a empleos de la Administración del Estado a las personas que tienen alguna de esas calidades respecto, entre otros, de los funcionarios directivos del organismo al que postulan, situación que acontece en la especie, por cuanto el Juez...

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