Dictamen nº 40432 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 239931942

Dictamen nº 40432 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2004

N° 40.432 Fecha: 10-VIII-2004

El Ministerio de Salud solicita la reconsideración del dictamen N° 3.271, de 2004, mediante el cual este Organismo de Control devolvió sin tramitar el decreto que señala, que establece advertencia para envases y acciones publicitarias de productos hechos con tabaco para el consumo humano, por no ajustarse a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.419, norma en cuya virtud todo envase de los referidos productos y toda acción publicitaria de los mismos "deberá contener una clara y precisa advertencia acerca de los riesgos específicos que, para la salud, implica el consumo de tabaco o de productos manufacturados con él", en los términos que señale el respectivo decreto reglamentario.

En lo sustantivo, el señalado oficio devolutorio observa que con arreglo al precepto legal antes transcrito, el acto administrativo en cuestión sólo puede establecer como contenido de tal advertencia los riesgos que para la salud implica el consumo aludido, y por ende no puede recaer en afirmaciones categóricas o absolutas en orden a que esos productos generan efectos nocivos, como lo prevé ese instrumento, lo cual, además, es inconciliable con el marco normativo que, conforme al ordenamiento jurídico vigente, regula las actividades que recaen en ellos.

Al efecto, el Ministerio recurrente asume que la palabra "riesgo" que utiliza la citada Ley N° 19.419, "se refiere al concepto de riesgo sanitario para la salud de las personas, el que está directamente vinculado con la causalidad".

En este sentido expone que "en medicina, no siempre al estar presente la causa está presente el efecto, es decir, no todas las personas expuestas al VIH enfermarán de Sida, así como no todas las personas expuestas al tabaco desarrollarán cáncer, lo que no significa que el VIH no sea la causa del SIDA o que el tabaco no sea la causa del cáncer".

Señala que la Internacional Agency For Research on Cancer, organismo creado por la Organización Mundial de la Salud, en la lista de agentes carcinogénicos clasifica el tabaco dentro del grupo de factores que producen cáncer.

Asimismo, manifiesta que el convenio marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, reconoce que la ciencia ha demostrado inequívocamente que el consumo del tabaco y la exposición al humo del tabaco son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, y que una de las medidas que las partes implementarán consiste en que en "todos los paquetes y envases de productos de tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externos de los mismos figuren también advertencias sanitarias que describan los efectos nocivos del consumo de tabaco".

En igual sentido cita el documento "Los Objetivos Sanitarios para la década 2000 - 2010", del Ministerio de Salud, en la parte en que se refiere a la relación entre el hábito de fumar y las enfermedades, particularmente el cáncer pulmonar, y su incidencia en la mortalidad.

A juicio de la Secretaria de Estado recurrente, de los antecedentes expuestos queda de manifiesto que desde el punto de vista sanitario asistencial de salud pública, "está demostrada la relación de causalidad entre tabaco y cáncer, tabaco y muerte, de manera que sanitariamente, de acuerdo a los criterios científicos de la ciencia médica, el tabaco es un producto que constituye un riesgo sanitario".

Precisa que por ello a nivel mundial se utiliza como advertencia la frase "el tabaco produce cáncer".

Enseguida aduce que según el artículo 21 del Código Civil "las palabras técnicas de toda ciencia se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia, y como se expresó anteriormente la palabra riesgo, en materia de salud, debe entenderse en su sentido sanitario el que está estrechamente ligado al concepto de causalidad".

Por otra parte, la recurrente añade que el artículo 5° de la Ley N° 19.419 dispone que los planes y programas...

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