Dictamen nº 44277 de Contraloría General de la República, de 30 de Noviembre de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239923406

Dictamen nº 44277 de Contraloría General de la República, de 30 de Noviembre de 1998

director nacional del servicio nacional de pesca puede, conforme ley 18803, celebrar contratos con municipalidad, sobre la entrega material de licencias de pesca deportiva y percepcion y cobro de los derechos correspondientes. ello, porque acorde dfl 5/83 pesca, aquella reparticion constituye una entidad centralizada, dependiente de esa secretaria de estado y su direccion compete a un director nacional, quien es su jefe superior. a su vez, en ausencia de autorizacion legal, los jefes de servicios centralizados solo representan extrajudicialmente al fisco previa delegacion generica o especifica, del presidente de la republica, para la ejecucion o celebracion de actos y convenios para el cumplimiento de sus fines, conforme articulos 26 y 32 de ley 18575. no obstante, de dichas normas no aparece que el director este facultado para celebrar convenios de aquel tipo, ni existe delegacion del jefe de estado. conforme art/1 de ley 18803, los servicios publicos regidos por el titulo/ii de ley 18575, como el servicio nacional de pesca, pueden encomendar a municipalidades o entidades de derecho privado, todas las acciones de apoyo a sus funciones que no correspondan al ejercicio de sus potestades, entendiendose por aquellas, las que no constituyen potestades publicas encomendadas por ley a cada uno de los servicios y que las complementen. asimismo, el art/28 lt/e del dfl 5, entrega al director del servicio la atribucion de otorgar permisos de pesca deportiva y caza submarina deportiva, como lo senala el reglamento, el que dispone, a su turno, que para obtenerlos el interesado los solicitara en las oficinas del servicio, acompanando cedula de identidad.; con todo, el objetivo del convenio estudiado, es facilitar la...

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