Dictamen nº 39290 de Contraloría General de la República, de 5 de Diciembre de 1995 - Doctrina Administrativa - VLEX 239909546

Dictamen nº 39290 de Contraloría General de la República, de 5 de Diciembre de 1995

licitacion publica regional ha debido regirse por dto 29/84 vivie, por la reglamentacion que se indica en las bases administrativas especiales y por estas ultimas, primando ese dto 29/84 por sobre el reglamento operativo, prestamo de programa de desarrollo local fndr - bid, aprobado por resolucion exenta 31/95 de la subsecretaria de desarrollo regional y administrativo. ello, puesto que el ministerio de vivienda tiene a su cargo la politica habitacional del pais y la coordinacion de las instituciones relacionadas con el gobierno por su intermedio y, en especial, le corresponde ejercer la funcion de dictar ordenanzas, reglamentos e instrucciones generales sobre urbanizacion de terrenos, construccion de viviendas, obras de equipamiento comunitario, desarrollo y planificacion urbanos y cooperativas de vivienda, conforme ley 16391 art/2 num/3. asi, a traves de ese ministerio se dicto el dto 29/84 aludido, aprobatorio de las bases generales reglamentarias de contratacion de obras a suma alzada, las que deben formar parte integrante de los contratos pertinentes, debiendo aplicarse por los serviu, sea que actuen directamente o lo hagan como mandatarios de otros servicios o instituciones, conforme art/1 de ese texto reglamentario. en el silencio de esas bases generales, rigen con el mismo caracter de obligatorias, las bases administrativas especiales que para cada licitacion elabore el serviu respectivo, puesto que sus normas son complementarias del dto 29/84, segun lo establece su art/2.; regla que obliga a los serviu a aplicar las bases generales y las bases administrativas especiales, tambien...

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