Dictamen nº 28616 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 239902094

Dictamen nº 28616 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 2003

N° 28.616 Fecha: 8-VII-2003

La Dirección del Trabajo consulta acerca del organismo competente para fiscalizar las disposiciones legales que regulan las relaciones de trabajo del personal que se desempeña en los Centros de Salud o de Rehabilitación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.

Requerido su informe, esa institución previsional ha señalado que la ley N° 18.837 regularizó la creación de los Centros de Salud de la Caja, declarando ajustada a derecho la contratación del personal, y que por esta razón ha entendido que los trabajadores de estas instituciones son funcionarios públicos, y que la circunstancia de que el estatuto jurídico que los rige sea el Código del Trabajo, no obsta a su calidad de servidores del Estado.

Sobre el particular, cabe tener presente que, en lo que interesa, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, conforme al artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 31, de 1953, del Ministerio de Hacienda, es una institución autónoma con personalidad jurídica, sujeta a la supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional.

Enseguida, es dable considerar que la citada ley N° 18.837, "declara ajustadas a derecho la creación de los Centros de Salud y de Rehabilitación que señala, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional".

En relación con este punto, es menester advertir que esta Contraloría General a través de los dictámenes N°s. 10.525, de 1988, y 12.868, de 1989, entre otros, ha expresado que los aludidos Centros de Salud y de Rehabilitación constituyen dependencias de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.

Como puede...

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