Dictamen nº 2226 de Contraloría General de la República, de 21 de Enero de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 760838377

Dictamen nº 2226 de Contraloría General de la República, de 21 de Enero de 2019

N° 2.226 Fecha: 21-I-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Patricio Chamorro Cáceres, en representación, según expresa, de DEMOTRON S.A., reclamando respecto de lo obrado por las oficinas de la Dirección de Vialidad de las regiones del Maule y del Biobío en las licitaciones que indica, convocadas para la conservación de diversos caminos de esas regiones.

Expone el recurrente, en lo medular, que las respectivas comisiones evaluadoras habrían aplicado un criterio dispar al ponderar los certificados de antecedentes laborales y de deudas fiscales exigidos en tales concursos, toda vez que su oferta habría sido evaluada en algunos de estos y declarada inadmisible en los demás, en circunstancias de que la documentación acompañada era la misma.

Requerida al efecto, la mencionada dirección informa, en síntesis, que la empresa reclamante presentó sus ofertas en los procesos de licitación pública de las obras que singulariza, las que fueron revisadas en su mérito por cada una de las respectivas comisiones evaluadoras.

Sobre el particular, cumple con manifestar que el punto 3.2, letra g), de la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, que fija las bases administrativas tipo para los contratos de obras públicas, establece que la propuesta técnica debe contener, entre otros documentos, un “Certificado de Antecedentes Laborales (Formulario F-30), conocido como boletín laboral y previsional, emitido por la Dirección del Trabajo”, añadiendo que “En caso que dicho certificado establezca la existencia de multas ejecutoriadas, se deberá acompañar la documentación que acredite su correspondiente aclaración”.

Agrega ese precepto, que la mencionada propuesta debe incluir un “Certificado de Deudas Fiscales o Certificado de Deuda Morosa Fiscal, ambos emitidos por la Tesorería General de la República”, y en caso que dicho certificado establezca la existencia de deuda fiscal, se debe acompañar una copia legalizada del convenio o comprobante de pago total de la misma ante el organismo correspondiente.

Puntualizado lo anterior, cabe anotar que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la firma recurrente acompañó a los diversos procesos licitatorios un certificado de antecedentes laborales en el cual constaba una deuda previsional de $ 1.647.603 y un certificado que daba cuenta de una deuda fiscal líquida morosa ascendente a $ 77.761.280.

Se advierte, además, que la oferente acompañó una serie de documentos...

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