Dictamen nº 21518 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 631604685

Dictamen nº 21518 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2016

N° 21.518 Fecha: 21-III-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Victoria Quilodrán Velis, para consultar si podría ingresar a Gendarmería de Chile como auxiliar a contrata, considerando que se encuentra condenada por robo, pero que goza del beneficio de libertad condicional y, además, que terminaría de cumplir su pena el año 2017.

Requerido su informe, ese organismo expresó que las personas condenadas por crimen o simple delito no pueden ingresar al servicio público, añadiendo que su Departamento de Control Penitenciario señaló que a la recurrente le fue impuesta una pena de cinco años y un día, la cual corresponde a la clase de sanciones con las que se castigan los crímenes, por lo que entiende que le afectaría la referida inhabilidad sin posibilidad de acogerse a la excepción estipulada en la materia por la ley N° 18.834 para los cargos de auxiliar o administrativo.

Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad con lo previsto en el artículo 54, letra c), de la ley N° 18.575, no pueden ingresar a cargos en los organismos de la Administración del Estado, las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.

Por su parte, la letra f) del artículo 12 de la ley N° 18.834, prevé como requisito para ingresar a la Administración el hecho de no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito.

Sin perjuicio de lo anterior, el citado precepto establece que, tratándose del acceso a plazas de auxiliares y administrativos, no es impedimento para el ingreso en comento encontrarse condenado por un ilícito que tenga asignada una pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal, que se refiere a los crímenes y simples delitos cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos.

Ahora bien, de los antecedentes aportados tanto por la interesada como por ese servicio, no es posible precisar el tipo de delito de robo por el cual aquélla fue condenada, a fin de poder determinar, a su...

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