Dictamen nº 194 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 551418306

Dictamen nº 194 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 2014

N° 100.194\t Fecha: 24-XII-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Francisco Musalem Esper, en representación de la Sociedad de Servicio de Transporte de Pacientes Movicare SpA, reclamando por el procedimiento utilizado por el Comando de Salud del Ejército, COSALE, para contratar a la empresa Sociedad de Transporte Aeromédico Crítico Limitada, TAC, por los servicios de transporte aéreo de emergencia para beneficiarios del Sistema de Salud del Ejército.

Agrega, que esa institución de defensa no realizó un proceso de licitación pública o privada en la que su representada pudiera participar, lo que, en su opinión, priva a los beneficiarios de acceder a un servicio evaluado en base a parámetros objetivos y restringe la libre competencia de quienes quieran concursar para adjudicarse el suministro.

Al respecto, el Comandante de Salud del Ejército (S), a través del oficio reservado COSALE JEAFOSALE (R) N° 11.000/11.383, de septiembre de 2014, manifestó que el servicio cuestionado se financia con aportes voluntarios que se descuentan mensualmente a los interesados en obtener el beneficio, y que estos son ingresados a la cuenta contable “nuevas coberturas” de los Fondos Complementarios de Salud, no existiendo en ello interés fiscal comprometido, dado que la propiedad de los recursos es de las personas que componen y se suscriben a dichos fondos.

Añade, que la contratación de la empresa TAC obedeció a que el acuerdo de voluntades suscrito con el proveedor anterior, Aerotransportes Araucanía Ltda., ATA, vigente desde febrero de 2011, finalizó mediante carta de 24 de abril de 2014, por lo cual, para mantener los niveles de cobertura del beneficio, y velar así por el interés superior de la salud humana en casos de riesgo vital, se aceptó la oferta entregada, fijándose, como requisito esencial, niveles similares a las tarifas que antes se pagaban.

En relación con lo expuesto, es dable señalar que la carta de aceptación de los servicios, de 10 de marzo de 2014, firmada por el Comandante de Salud del Ejército, comunica a la empresa la aceptación de los términos contractuales y consigna que la relación se formalizará bajo la modalidad de “Orden de Compra a través de Mercado Público”, dando origen así a un acuerdo comercial a partir de dicha data. Cabe indicar que su anexo N° 2, denominado procedimiento de solicitud de servicio, firmado por el Jefe (S) de la Jefatura Ejecutiva de Administración de los Fondos de Salud del Ejército, en adelante...

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