Dictamen nº 18468 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 800204069

Dictamen nº 18468 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 2019

N° 18.468 Fecha: 09-VII-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Olga Armijo Romero, viuda de don Sergio Boriche Milla, para solicitar que se le otorgue un montepío en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en atención a los argumentos que expone.

Al respecto, cabe señalar que a partir del 1 de junio de 2014, el artículo , N° 5, de la ley N° 20.735, reemplazó el artículo 88 bis de la ley N° 18.948, disponiendo, en lo pertinente, que tienen derecho al montepío, en primer grado, la viuda o viudo, imponiéndole como exigencia para acceder al beneficio en cuestión, haber contraído matrimonio con el causante, a lo menos con tres años de anterioridad a su deceso, salvo que a esa época existieran hijos comunes, que la cónyuge se encontrare embarazada o que aquel falleciere en acto determinado del servicio.

En este contexto, es necesario consignar, según fuese precisado en el dictamen N° 4.113, de 2015, de este origen, que los requisitos para obtener la pensión que se reclama, se deben verificar al momento de su delación, esto es, en el instante en que la ley hace el llamado a entrar en su goce, lo que en la especie ocurrió el 14 de mayo de 2015, data del deceso del señor Boriche Milla.

Ahora bien, de lo expresado por la propia recurrente, se advierte que a la...

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