Dictamen nº 18162 de Contraloría General de la República, de 5 de Julio de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 799388769

Dictamen nº 18162 de Contraloría General de la República, de 5 de Julio de 2019

N° 18.162 Fecha: 05-VII-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Mariana Maldonado Núñez, excontratada a honorarios en la Subsecretaria de Transportes, para reclamar en contra de la decisión de poner término anticipado a ese contrato, aduciendo que aquel lo obtuvo en virtud de un concurso público, convocado en el año 2016 y esgrimiendo, que la ampararía la confianza legítima.

En su informe, esa subsecretaría expuso, en síntesis, que tal desvinculación se ajustó a los términos previstos en el contrato a honorarios suscrito por la recurrente.

Al respecto, es menester tener presente que el artículo 11 de la ley N° 18.834, dispone que las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato y no les serán aplicables las disposiciones de ese texto legal.

En este contexto, se debe tener presente que esta Entidad Fiscalizadora, en el dictamen N° 20.327, de 2016, entre otros, ha precisado que la superioridad está facultada para disponer el fin anticipado de esta clase de acuerdos, cuando así se hubiese previsto en el instrumento aprobado.

Ahora, del examen del contrato a honorarios suscrito por la señora Maldonado Núñez con la Subsecretaría de Transportes, aparece que en su cláusula tercera, se reconoce la facultad de esa entidad para poner término anticipado al convenio, esgrimiendo cualquiera de los motivos que allí se enuncian, entre ellos, razones del servicio, lo que ocurrió en la especie, debiendo añadirse que la decisión que se impugna, según los antecedentes tenidos a la vista, se materializó mediante la resolución exenta RA N° 288/560/2018, registrada por esta Contraloría General con fecha 5 de junio de 2018.

Puntualizado lo anterior, cumple con señalar que la determinación de poner término anticipado al contrato a honorarios de la interesada, se fundó tanto en el informe de conducta de aquella, del mes de noviembre de 2017, confeccionado por el encargado regional del Maule del Programa Nacional de Fiscalización y por la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule, como en el posterior informe de solicitud de desvinculación, de 8 de mayo de 2018, firmado por la jefatura directa de la señora Maldonado Núñez y por el Jefe del...

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