Dictamen nº 16928 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 679609377

Dictamen nº 16928 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2017

N° 16.928 Fecha: 10-V-2017\t

\t

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Santiago Cole Osses, en representación de Ingeniería y Asesorías Pradi Limitada, solicitando que se ordene a Gendarmería de Chile efectuar el pago por los servicios prestados por su representada para la ejecución del proyecto “Desarrollo de software de gestión de proceso de adquisiciones”, que le fueran requeridos mediante una orden de compra emitida en el convenio marco “Perfiles para el Desarrollo y Mantención de Sistemas Informáticos”, de cuyo catálogo forma parte.

Requerido su parecer, Gendarmería de Chile manifestó, en síntesis, que el producto final entregado por la empresa recurrente fue rechazado en todas sus partes, debido a que no era posible la puesta en marcha del software, lo que motivó que se pusiera término anticipado al contrato respectivo y que notificada esa decisión a la peticionaria, ésta no presentó descargos. Añade que no procedería el pago reclamado, ya que los servicios no habrían sido prestados de acuerdo a las condiciones y especificaciones contempladas en la orden de compra.

Sobre el particular, cabe consignar, en primer lugar, que el inciso primero del artículo 1° la ley N° 19.886 prescribe que los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles, y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a las normas y principios de dicho cuerpo legal y de su reglamentación. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y, en defecto de aquéllas, las normas del Derecho Privado.

Enseguida, cabe recordar que el artículo 30, letra d), de la ley N° 19.886 prevé, en lo que importa, que entre las funciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública se encuentra la de licitar bienes y servicios a través de la suscripción de convenios marco.

A su vez, el inciso primero del artículo del decreto 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886, dispone que las adquisiciones de bienes o contrataciones de servicios serán efectuadas por las entidades a través de los Convenios Marco, Licitación Pública, Licitación Privada, Trato o Contratación Directa, de conformidad a la Ley de Compras y su Reglamento.

El inciso sexto del artículo 14 del antedicho decreto señala que “Si el Catálogo contiene el bien y/o servicio requerido, la Entidad deberá adquirirlo emitiendo directamente al Contratista respectivo una orden de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR