Dictamen nº 16828 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 679609341

Dictamen nº 16828 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2017

N° 16.828 Fecha: 10-V-2017

Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que aplica la medida disciplinaria de censura a doña María Alejandra Rebeco Riquelme, exdirectora del Servicio de Salud Arauco, pero cumple con hacer presente que si bien compete a la Presidenta de la República pronunciarse acerca de la responsabilidad administrativa de los servidores de su exclusiva confianza, como es el caso de la inculpada -en armonía con lo expresado en el dictamen N° 61.710, de 2015, de este origen, entre otros-, dicha sanción debe ser impuesta, en definitiva, por la superioridad del organismo en que actualmente ejerce labores.

Al respecto, cabe señalar, según los registros de este Órgano Fiscalizador, que la mencionada funcionaria cesó en su cargo en ese Servicio de Salud, durante el desarrollo de la investigación, a contar del 1 de abril de 2014, para asumir, desde esa misma data, un empleo dependiente de la Municipalidad de Coronel, sin solución de continuidad.

Precisado lo anterior, es del caso anotar, según lo sostenido en la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida en el dictamen N° 48.844, de 2014, entre otros, que corresponde que la autoridad de la institución en que se instruyó el proceso, determine la medida que debe imponerse -lo que, en la especie, llevó a cabo la Presidenta de la República, habida cuenta de la naturaleza del cargo que ejercía la inculpada-, y que luego la...

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