Dictamen nº 16558 de Contraloría General de la República, de 8 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 679395261

Dictamen nº 16558 de Contraloría General de la República, de 8 de Mayo de 2017

N° 16.558 Fecha: 08-V-2017

En cumplimiento de lo establecido en el fallo de la Excma. Corte Suprema, de 14 de marzo de 2017, recaído en la causa Rol N° 94.906-2016, sobre recurso de protección, corresponde instruir a Gendarmería de Chile que disponga el inicio de un procedimiento invalidatorio de su resolución N°849, de 2015, de conformidad con lo previsto en el artículo 53, de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

Al respecto, la referida sentencia consigna, en sus considerandos octavo y noveno, en lo que interesa, que la mencionada resolución continúa plenamente vigente y produciendo sus efectos que le son propios, sin que esta Entidad de Control disponga lo adecuado, atendida la situación actual y real del ocurrente, para que la autoridad ejerza las atribuciones que, conforme a lo estatuido en la ley N° 19.880, le corresponden para clarificar la situación previsional del actor, retrotrayéndola al estado anterior al reconocimiento de tiempos efectivos y traspaso a la Dipreca de los fondos que por cotizaciones previsionales le pertenecen.

Para dar cumplimiento a lo expresado, debe tenerse en cuenta que a través del oficio N° 9.760 de 2016, esta Entidad Fiscalizadora representó la resolución N° 343, de 2015, de Gendarmería de Chile, que concedía una pensión de retiro al señor Juan Carlos Manríquez Sepúlveda, exsubdirector de ese servicio, considerando 28 años, 3 meses y 28 días en el régimen de la Dipreca, toda vez que, mediante el dictamen N° 33.216, de 1999, transcrito a esa autoridad penitenciaria, esta Contraloría General había manifestado, que el interesado debía mantener su afiliación en sistema de capitalización individual, por haber optado por este, conforme a lo dispuesto por los artículos 1° y 5° transitorio de la ley N° 19.195, lo que fue reiterado y precisado en el dictamen N° 47.338, de 2016, de este origen.

En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que, no obstante encontrarse plenamente vigente para el caso del señor Manríquez Sepúlveda, el mencionado dictamen N° 33.216, de 1999, a solicitud de ese servicio penitenciario, con fecha 20 de mayo de 2015, la Administradora de Fondos de Pensiones a la que este se encontraba afiliado, realizó el traspaso total de los fondos de su cuenta individual a la Dipreca, luego de lo cual, el 26 de mayo de 2015, Gendarmería de Chile Procedió a emitir su resolución N°...

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