Dictamen nº 16244 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 559897718

Dictamen nº 16244 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2015

N° 16.244 Fecha: 27-II-2015

Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Mario Vásquez Echegoyen, en representación, según indica, de la empresa “Representaciones Industriales Vásquez Limitada”, en adelante e indistintamente, Dastec Ltda., formulando diversas apreciaciones en relación al oficio N° 91.119, de 2014, de este origen, que desestima su denuncia por las eventuales irregularidades en que habría incurrido el Instituto Nacional de Normalización, en adelante, INN, en el proceso de acreditación y correspondiente cobro de aranceles.

Manifiesta, en síntesis, que a su juicio, el aludido pronunciamiento no habría dado respuesta al fondo de los planteamientos realizados en su primera presentación.

Añade, que la circunstancia de que este Organismo Superior de Control haya remitido copia del reseñado oficio al instituto recurrido, lo sitúa en una posición compleja para futuras auditorías, pudiendo ser objeto de un trato carente de imparcialidad por parte de la entidad reclamada.

Sobre el particular, es dable recordar que en el precitado oficio se precisó que el Instituto Nacional de Normalización es una fundación de derecho privado, sin fines de lucro, la cual se rige por las normas contenidas en sus estatutos y en las disposiciones que sobre corporaciones y fundaciones de derecho privado se consignan en el Título XXXIII, del Libro I, del Código Civil, encontrándose sujeta a la fiscalización de esta Entidad Contralora, únicamente en los términos establecidos en el artículo 16, inciso segundo, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, esto es, cautelar el cumplimiento de sus fines, la regularidad de sus operaciones, hacer efectivas las responsabilidades de sus directivos o empleados y obtener la información o antecedentes necesarios para formular un Balance Nacional (aplica criterio contenido en los dictámenes Nos 41.258 y 55.583, ambos de 2008, 75.091, de 2012 y 64.893, todos de 2013, de este origen).

Luego, dicho documento concluye, en lo sustancial que, en lo que atañe específicamente al proceso de acreditación y correspondiente cobro de aranceles, el actuar del INN se ajustó a la normativa aplicable contenida en sus respectivos estatutos, los que le otorgan la facultad de dictar los reglamentos y demás normas que estime convenientes para el debido cumplimiento de sus fines, tal como se establece en el “Reglamento para la Acreditación de Organismos de Evaluación de la...

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