Dictamen nº 16 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 855946272

Dictamen nº 16 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2021

Fecha05 Enero 2021
Tipo de documentoGenerales

N° 16 Fecha: 05-I-2021

Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del rubro, mediante la cual se confirma la baja por conducta mala, con efectos inmediatos, aplicada al señor XXX, exfuncionario de Carabineros de Chile, por encontrarse ajustada a derecho.

No obstante, cumple con hacer presente que, de la revisión del proceso disciplinario, se advierte que el Prefecto de la Prefectura Costa, a través de su oficio N° 73, de 9 de octubre de 2018, dio respuesta al abogado del afectado respecto de su presentación ingresada con fecha 29 de agosto de ese año, en la cual solicitaba un aumento del plazo para impugnar el dictamen N° 8725/2016/1, de 2018, de la referida prefectura, oficio que fue notificado por carta certificada despachada al domicilio indicado en el mandato judicial agregado a fojas 136 y siguientes del expediente sumarial -Avenida Einstein N° 290, oficina 712, torre B, Rancagua-, en circunstancias que el aludido representante había fijado un nuevo domicilio en su presentación incorporada a fojas 201 y siguientes -Coronel Santiago Bueras N° 359, oficina 309, Rancagua-, que, de hecho, corresponde al domicilio al cual se notificó, de la misma forma, el reseñado dictamen.

Sobre el particular, es dable anotar, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que las autoridades de las entidades que forman parte de la Administración del Estado, en el ejercicio de sus facultades, deben expresar sus decisiones a través de la dictación de los correspondientes actos administrativos, los que toman la forma de decretos supremos y resoluciones, lo que no se satisfizo en la especie, pues la anotada solicitud fue atendida a través de un oficio.

A continuación, resulta útil agregar que del expediente sumarial examinado consta que el representante del señor XXX fue notificado del mencionado dictamen N° 8725/2016/1, de 2018, mediante carta certificada despachada a su domicilio con fecha 17 de agosto de ese año, diligencia que, con arreglo a lo prescrito en los artículos 79 y 90 del decreto N° 118, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos, quedó practicada el día 22 de agosto de 2020.

Luego, cabe consignar que el artículo 94 del...

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