Dictamen nº 1516 de Contraloría General de la República, de 16 de Enero de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 760294021

Dictamen nº 1516 de Contraloría General de la República, de 16 de Enero de 2019

N° 1.516 Fecha: 16-I-2019

La Contraloría General de la República, en virtud de sus facultades constitucionales y legales, especialmente, de aquellas que le otorga la N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad, viene en impartir instrucciones para el ejercicio contable año 2019, a ese Servicio de Tesorerías, respecto de la gestión correspondiente a la Partida Tesoro Público.

El registro y la información de las operaciones efectuadas por las entidades públicas, deben ajustarse en el presente ejercicio a la normativa y procedimientos contables vigentes, contenidos en la resolución N° 16, de 2015, Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile y el oficio circular N° 96.016, de 2015, Manual de Procedimientos Contables para el Sector Público NICSP-CGR, ambos de este Organismo Contralor. Sin perjuicio de lo anterior, dado que el Tesoro Público realiza operaciones complejas las cuales están siendo registradas conforme al oficio circular N° 6.856 de 1992, convertidas a las normativas antes señaladas, esa entidad debe iniciar durante el presente año un proceso destinado a implementar un sistema informático transaccional que registre directamente las operaciones bajo la normativa contable vigente.

  1. - DEUDORES Y ACREEDORES PRESUPUESTARIOS

    Los saldos que al inicio del ejercicio contable año 2019 se mantengan en las cuentas 12192 Cuentas por Cobrar de Ingresos Presupuestarios y 22192 Cuentas por Pagar de Gastos Presupuestarios, deberán traspasarlos a las cuentas contables 11512 Cuentas por Cobrar - Recuperación de Préstamos y 21534 Cuentas por Pagar - Servicio de la Deuda, respectivamente, en armonía con los conceptos establecidos en el clasificador presupuestario para registrar los derechos por percibir (Ingresos por Percibir) y las deudas exigibles (Deuda Flotante) pendientes al 31 de diciembre del año anterior.

    Los traspasos contables que se efectúen como consecuencia de lo señalado precedentemente, se registrarán e informarán al inicio de este ejercicio como movimientos financieros, debiendo quedar saldadas las citadas cuentas. Conforme a lo anterior, los servicios deberán gestionar oportunamente las modificaciones presupuestarias correspondientes.

  2. - RESULTADOS ACUMULADOS

    El saldo de la cuenta 31103 Resultado del Ejercicio, originado por el cierre de las cuentas de Ingresos y Gastos Patrimoniales al término del ejercicio año 2018, deberá ser traspasado a la cuenta 31102 Resultados Acumulados como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR