Dictamen nº 13604 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 729137209

Dictamen nº 13604 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2018

N° 13.604 Fecha: 01-VI-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Mellado Quilodrán, ex carabinero alumno, impugnando la licitud de su eliminación del Curso de Formación de Carabineros de Orden y Seguridad, la que, en opinión de esa entidad, se conformaría con la normativa que rige la materia.

En primer término, en cuanto a la inadecuada ponderación de los medios de prueba incorporados en la investigación administrativa realizada al efecto, es menester anotar, en armonía con lo expresado en los dictámenes Nos 11.828 y 74.851, de 2012, de este origen, entre otros, que el mérito que puedan tener los elementos de convicción es un aspecto que es apreciado por quien sustancia esa indagación y por la autoridad que ejerce la potestad disciplinaria, pudiendo este Organismo Fiscalizador representar lo actuado cuando observe alguna ilegalidad o arbitrariedad, lo que no consta haya sucedido.

Por su parte, acerca de no haberse respetado el debido proceso, cumple con expresar que lo alegado no es efectivo, pues del análisis de la documentación proporcionada por Carabineros de Chile y por el propio recurrente, aparece que a ese último se le tomó declaración y dedujo los recursos que son procedentes, instancias que esta Contraloría General, en su dictamen N° 23.253, de 2013, entre otros, considera esenciales para resguardar ese principio, debiendo añadirse que al momento de ser notificado del contenido del informe del Oficial Investigador, se declaró conforme, haciendo presente que no haría uso de su derecho a contestar los cargos.

Luego, en cuanto a la supuesta vulneración del principio de presunción de inocencia, cabe indicar que no aparecen indicios de un prejuzgamiento en su contra o de infracción a dicho principio, como se alega, toda vez que la medida de eliminación de la que fue objeto se le impuso conforme al mérito de la indagación incoada en su oportunidad, la cual fue legalmente sustanciada, y en cuyo desarrollo el investigador estimó probada la conducta que se le reprochó al señor Mellado Quilodrán, lo que, en definitiva, sirvió de base para que las distintas autoridades de esa entidad policial, ejercieran su potestad disciplinaria.

Enseguida, sobre el planteamiento de que no se le habría permitido acceder a un abogado, se debe manifestar, por una parte, que en el acto de notificación del oficio del investigador se dejó constancia que podía ejercer su derecho a responder los cargos por intermedio del abogado institucional...

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