Dictamen nº 11937 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 724895337

Dictamen nº 11937 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2018

N° 11.937 Fecha: 10-V-2018

El Diputado don Bernardo Berger Fett y el Prosecretario de la Cámara de Diputados, han oficiado a este Órgano de Control solicitando un pronunciamiento que determine si existió abandono de deberes u otra infracción administrativa en la tramitación de la resolución que aprobó el “Convenio para la ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena PDTI, año 2017” suscrito entre el Instituto de Desarrollo Agropecuario, en adelante INDAP, de la región de Los Ríos y la Municipalidad de Panguipulli.

Al respecto señalan que atendida la demora en la tramitación del respectivo acto administrativo, los técnicos y profesionales que se desempeñan en el referido programa no han percibido sus honorarios desde el mes de enero del año 2017.

Requerido al efecto, el Director del INDAP de la región de Los Ríos, informó, en síntesis, que tanto la suscripción del convenio como la dictación del acto administrativo que lo aprueba se gestionaron de acuerdo a los procedimientos legales.

En este sentido, comunica que en el mes de diciembre del año 2016 se produjo un cambio de administración en la Municipalidad de Panguipulli, lo que coincidió con la revisión del informe final financiero de los gastos ejecutados el mismo año, el que fue rechazado por la agencia de área del INDAP de esa comuna debido a la falta de rendición e inconsistencias de los gastos que indica, agregando que la corporación edilicia hizo devolución de los montos no ejecutados el día 24 de febrero de 2017.

Enseguida, el alcalde del municipio en comento manifestó su objeción respecto de ciertas cláusulas del convenio, el que finalmente firmó, siendo recepcionado en las dependencias del INDAP, remitiéndose para su estudio de legalidad a la Contraloría Regional de Los Ríos.

Sobre el particular, se debe puntualizar que mediante la resolución N° 36, de 20 de marzo de 2017, el Instituto de Desarrollo Agropecuario, de la región de Los Ríos, aprobó el “Convenio para la ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena PDTI, año 2017”, suscrito con la Municipalidad de Panguipulli el 10 del mismo mes y año.

Dicho convenio establece en su cláusula quinta que el aporte del INDAP se hará en dos cuotas, previo cumplimiento de los requisitos que allí se detallan, estipulándose que respecto de la primera cuota, entre otras exigencias, debía cumplirse con la remisión, al 15 de enero, del informe final financiero año 2016, con identificación de los saldos municipales y del INDAP.

De la misma manera, se debe señalar que el artículo 18, de la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, dispone que los servicios no entregarán...

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