Dictamen nº 11366 de Contraloría General de la República, de 4 de Abril de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 677164349

Dictamen nº 11366 de Contraloría General de la República, de 4 de Abril de 2017

N° 11.366 Fecha: 04-IV-2017

La señora decana de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile, junto con formular una serie de consideraciones acerca del “Proyecto Edificio Marcoleta” -el que fue sometido por la nombrada casa de estudios a un procedimiento de “Propuesta Académica” para su elaboración-, consulta, a fin de resolver sobre su continuidad, si la totalidad de las edificaciones emplazadas en el predio ubicado en Avenida Portugal N° 84, de la comuna de Santiago, tienen la calidad de Inmuebles de Conservación Histórica (ICH).

Lo anterior, dado que con ocasión de una solicitud de subdivisión de dicho predio y, posteriormente, de la revisión del respectivo anteproyecto de edificación, la Dirección de Obras de la Municipalidad de Santiago (DOM) manifestó que dos de las edificaciones cuya demolición se contempla en él -a saber, la “Casona del Comandante del Regimiento de Caballería” y el portal de acceso-, serían ICH, de lo cual surgen dudas sobre la viabilidad de aquella iniciativa.

Por su parte, los señores Claudio Santander Lizama y Fernando Dowling Leal -contratados a honorarios para la ejecución del citado proyecto-, efectúan una serie de consideraciones relacionadas con la precitada presentación, en las que exponen, en resumen, que esas edificaciones no tendrían la anotada calidad, por lo que las obras podrán ser ejecutadas en los términos en que se ha desarrollado aquel.

Recabado su parecer, la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI), en síntesis, expresa respecto de la “Casona del Comandante del Regimiento de Caballería” y del “portal de Ingreso”, que si bien de acuerdo al plano pertinente no serían un ICH, estima que “la porción del inmueble o volumen que se encuentra excluido de este resguardo sí presenta muchos de los atributos que ameritan o justifican el amparo normativo como declaración de ICH”, agregando, que la aludida casona y portal presentan una gráfica distinta de los demás edificios “evidenciándose así mismo el hecho que corresponden a inmuebles y no a una zona, pese a que por la escala y forma de graficar (color y símbolo), pueda apreciarse no tan claro a simple vista”.

Igualmente, informó al respecto la Municipalidad de Santiago, consignando, en resumen, que a propósito de la solicitud de aprobación de anteproyecto del mencionado edificio, su DOM expresó en el documento pertinente, que en atención a que en el listado de ICH de la Ordenanza Local (OL) del Plan Regulador de esa comuna aparece con el N° 99 “La Facultad de Arquitectura y Urbanismo Marcoleta Esq. Av. Portugal”, para demoler la casona y el portal de que se trata, se debía acreditar el cumplimiento de lo previsto en los últimos numerales del artículo 5.1.4. de la Ordenanza General de...

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