Dictamen nº 10067 de Contraloría General de la República, de 17 de Junio de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 845769852

Dictamen nº 10067 de Contraloría General de la República, de 17 de Junio de 2020

N° 10.067 Fecha: 17-VI-2020

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Sandra Yévenes Díaz y doña Fabiola Galleguillos Navarrete, Presidenta y Secretaria, respectivamente, de la Asociación de Funcionarios de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, solicitando se instruya al Ministerio de Salud para adecuar la resolución exenta N° 182, de 17 de marzo de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública, a los criterios del dictamen N° 3.610, de la misma data, de este origen.

Lo anterior, a fin de que se permita expresamente que la mayor cantidad de funcionarios -no solo los que tengan elevado riesgo de contraer el COVID-19- puedan realizar su trabajo en forma remota, y restringiendo la actividad presencial a las unidades, áreas o funcionarios que así lo requieran, a fin de evitar la propagación de esa enfermedad y resguardar la salud de los mismos. Además, solicitan que se dicten todos los actos administrativos necesarios para materializar el referido ajuste.

Asimismo, expresan su preocupación por el hecho que, sin sujeción a la citada resolución exenta N° 182, de 2020, diversas jefaturas del Ministerio de Salud han instruido la realización de trabajo a distancia y han autorizado el retiro de equipos computacionales a funcionarios que no se encuentran en los casos de excepción previstos en ese acto administrativo, generándose un espacio de desregulación interna que podría ser mal interpretado.

Al respecto la Subsecretaría de Salud Pública señala, en lo que importa destacar, que la referida resolución fue emitida en el ejercicio de sus potestades de dirección y administración del servicio, añadiendo que el cuestionado documento no es contrario al dictamen ya citado, por las razones que indica.

Sobre el particular, cumple con hacer presente que mediante el aludido dictamen N° 3.610, de 2020, esta Entidad de Control manifestó que ante una pandemia como la que afecta al territorio nacional, corresponde a los órganos de la Administración del Estado adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico les confiere a fin de proteger la vida y salud de sus servidores, evitando la exposición innecesaria de estos a un eventual contagio; de resguardar la continuidad del servicio público y de procurar el bienestar general de la población.

Dicho pronunciamiento añade que la ley N° 18.575, radica en el jefe superior del respectivo servicio las facultades de dirección, administración y organización, debiendo, al momento de adoptar las medidas de gestión interna...

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