Dictamen nº 72107 de Contraloría General de la República, de 19 de Noviembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 407867250

Dictamen nº 72107 de Contraloría General de la República, de 19 de Noviembre de 2012

N° 72.107 Fecha: 19-XI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Sindicato de Trabajadores Independientes Vendedores de Pescados y Mariscos de Caleta Portales reclamando de una serie de irregularidades en el proceso de una solicitud de concesión marítima en el sector denominado El Túnel en la Caleta Portales, en que habrían incurrido diversos organismos públicos, entre ellos, el Servicio de Impuestos Internos, la Capitanía de Puerto de Valparaíso y el Ministerio de Defensa Nacional, lo cual ha provocado una demora en exceso en la referida tramitación. Explica los obstáculos que tuvieron para poder reunir los documentos que se les exigían, como lo ocurrido con el certificado del Servicio de Impuestos Internos y con el plano objetado por la Capitanía de Puerto correspondiente, y agrega que el Ministerio de Defensa Nacional está disponiendo de un terreno que, a su juicio, se encuentra aún en manos del Ministerio de Obras Públicas, además de no existir recepción de sus obras por parte de la municipalidad respectiva. Requerido su informe, el Ministerio de Defensa Nacional indica, en síntesis, que mediante su decreto exento N° 548, de 2010, puso término a la destinación marítima otorgada al Ministerio de Obras Públicas, para la Dirección de Obras Portuarias, de los espacios correspondientes a la Caleta Portales, para el desarrollo de una serie de construcciones orientadas al mejoramiento del sector pesquero artesanal, y que actualmente no existe ningún titular de los espacios por los cuales se consulta, siendo esa entidad, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, la encargada de otorgar los derechos que correspondan y conceder el uso sobre las mejoras fiscales construidas en el lugar. Añade que conforme al artículo 11 del Reglamento sobre Concesiones Marítimas, contenido en el decreto N° 2, de 2005, de ese origen, los derechos que se otorgan en concesión son sin perjuicio de los estudios, declaraciones y permisos o autorizaciones que los concesionarios deban obtener de los organismos públicos y/o municipales para la ejecución de ciertas obras, actividades o trabajos, de acuerdo con las leyes o reglamentos vigentes, sin que la recepción provisoria o definitiva de las obras constituya un requisito para el otorgamiento de la concesión. A su turno, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante informa que el recurrente presentó el 3 de abril de 2012 en la Capitanía de Puerto de Valparaíso una solicitud de...

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