Dictamen nº 1964 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239633470

Dictamen nº 1964 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 2002

N° 1.964 Fecha: 17-I-2002

Ex funcionario de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la reconsideración de la declaración de vacancia del cargo que desempeñaba, dispuesta por resolución N° 60, de 2001, del aludido Servicio, por haber hecho uso de licencias médicas en un lapso superior a seis meses en los últimos dos años, sin mediar declaración de salud irrecuperable, por cuanto, a su parecer, no se encontraría ajustada a derecho, toda vez que las licencias que dieron lugar a dicha declaración tienen su origen en una enfermedad profesional.

Solicitado informe sobre la materia a la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, ésta lo emitió mediante oficio ordinario N° 1565, de 2001.

Sobre el particular, cumple esta Entidad de Control con manifestar, en primer término, que de conformidad al artículo 145 de la Ley N° 18.834, "el jefe superior del servicio podrá considerar como salud incompatible con el desempeño del cargo, haber hecho uso de licencia médica en un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los últimos dos años, sin mediar declaración de salud irrecuperable". A su vez, agrega el inciso 2° que "No se considerará para el cómputo de los seis meses señalado en el inciso anterior las licencias otorgadas en los casos a que se refiere el artículo 110 de este Estatuto y el Título II, del Libro ll, del Código del Trabajo", esto es, las derivadas de accidentes en actos de servicio o enfermedad por el desempeño del cargo y las relativas a la protección de la maternidad.

Precisado lo anterior, es dable destacar que, en el caso del señor RV, se declaró vacante el cargo por salud incompatible mediante la aludida resolución N° 60, de 2001, tomada razón por esta Entidad Fiscalizadora el 27 de junio del mismo año, y notificada al interesado el 24 de agosto de 2001, dándose todos los supuestos que facultan a la autoridad para adoptar tal decisión, puesto que, de los antecedentes adjuntos, consta que él hizo uso de licencias médicas que no dicen relación con accidentes en actos de servicios o enfermedad por el desempeño del cargo, por un lapso...

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