Dictamen nº 19598 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238977730

Dictamen nº 19598 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2004

N° 19.598 Fecha: 20-IV-2004

Se consulta si la percepción de la asignación por el desempeño de funciones críticas del artículo 2° transitorio de Ley N° 19.863, es incompatible con la asignación que, con motivo de su desempeño como autoridad, les corresponde a los concejales de Municipalidades y a los consejeros regionales.

Sobre el particular, cabe manifestar en primer término, que el artículo 2° transitorio de Ley N° 19.863, estableció durante el año 2003, una asignación por el desempeño de funciones críticas que tendrá carácter de renta para todo efecto legal, que beneficiará a los funcionarios de planta o a contrata, pertenecientes o asimilados a las plantas de directivos, profesionales y fiscalizadores de los órganos y servicios públicos regidos por el Título II de Ley N° 18.575.

Ahora bien, la precitada norma preceptúa que la percepción de esta asignación estará afecta a las incompatibilidades, prohibiciones e inhabilidades dispuestas en el artículo 1° de la ley en comento, referidas a la percepción de cualquier emolumento, pago o beneficio económico de origen privado o público, distinto de los que contemplan los respectivos regímenes de remuneraciones.

Se exceptúan de la incompatibilidad anterior, el ejercicio de los derechos que atañen personalmente a la autoridad o jefatura; la percepción de los beneficios de seguridad social de carácter irrenunciable; los emolumentos que provengan de la administración de su patrimonio, del desempeño de la docencia prestada a instituciones educacionales y de integración de directorios o consejos de empresas o entidades del Estado, con la salvedad de que dichas autoridades y los demás funcionarios no podrán integrar más de un directorio o consejo de empresas o entidades del Estado, con derecho a percibir dieta o remuneración, con la limitación que la propia disposición prevé.

Al respecto, es pertinente puntualizar que aunque la norma legal en consulta -contenida en Ley N° 19.863- no dispone en forma expresa que se exceptúa de la incompatibilidad descrita, a las dietas o rentas a que tienen derecho los concejales de Municipalidades, y a las asignaciones que corresponden a los consejeros regionales, esta Contraloría General estima que estos ingresos se insertan dentro del concepto de emolumentos que provengan de la integración de consejos de entidades del Estado, contenido en el inciso cuarto del artículo , de Ley N° 19.863, debiendo concluirse, por tanto, que ellos se encuentran incluidos en la norma...

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