Dictamen nº 14178 de Contraloría General de la República, de 19 de Marzo de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238960850

Dictamen nº 14178 de Contraloría General de la República, de 19 de Marzo de 2004

N° 14.178 Fecha: 19-III-2004

Servicio Agrícola y Ganadero solicita a esta Contraloría General que precise si tienen derecho a la bonificación por retiro establecida en Ley N° 19.882, los funcionarios que ocupan empleos de la exclusiva confianza de ese organismo, en las hipótesis a que alude la consulta.

En primer lugar, se plantea la situación de los funcionarios de la exclusiva confianza amparados por lo dispuesto en el artículo 2° de Ley N° 19.352 -que sustituye las plantas de personal del organismo ocurrente-, según el cual "los actuales Jefes de Sección y Jefes de Oficina que por efecto de la aplicación de esta ley, sean nombrados Jefes de Departamento y cesen con posterioridad a estas funciones por habérseles pedido la renuncia, tendrán derecho a ocupar un cargo del mismo grado en la planta correspondiente según los requisitos que cumplan".

Añade la referida norma, en lo que interesa, que para los efectos de lo antes indicado se declaran "creados dichos cargos por el solo ministerio de esta ley", y que, "una vez que el titular ascienda o cese en funciones por cualquier causa el cargo será suprimido de la planta respectiva".

La segunda situación, dice relación con los artículos 81 y 82 de Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, conforme a los cuales el desempeño de los cargos de que trata el indicado cuerpo estatutario es compatible con las plazas que tienen la condición de exclusiva confianza, de manera que el funcionario que asume un empleo que posea esta última condición, conserva la propiedad del cargo de que era titular.

Finalmente, se plantea la situación de los servidores de la exclusiva confianza no amparados por ninguna de las normas antes citadas, quienes, luego de pedírseles la renuncia, son designados en un empleo en calidad de contrata.

Al respecto, es menester tener presente que según lo prescrito por los artículos séptimo y octavo de Ley N° 19.882, tienen derecho a la bonificación por retiro los empleados de carrera y a contrata de las instituciones que se mencionan en el referido artículo octavo, que tengan las edades indicadas por este último precepto legal y que hagan dejación voluntaria de sus cargos.

Enseguida, cabe manifestar que conforme con lo preceptuado en el artículo séptimo de Ley N° 19.882, mientras los empleados a que se refieren las tres hipótesis planteadas, se mantengan en sus cargos de exclusiva confianza, no tienen derecho a optar por la bonificación por retiro, aun cuando hagan dejación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR