Dictamen nº 13688 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239872994

Dictamen nº 13688 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2002

N° 13.688 Fecha: 11-IV-2002

Cirujano Dentista General de Zona, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la aclaración del dictamen N° 4.727, de 2002, que se pronunció respecto a las remuneraciones que le correspondió percibir durante el período que se desempeño como Cirujano Dentista General de Zona, atendidas las razones que en su presentación expone.

Fundamenta su presentación, en el hecho que nunca existió una voluntad expresa o tácita de su parte para que se realizara un cambio de destinación, desde el Hospital de Lonquimay, que otorgaba un 190% de asignación de estímulo; hacia el Hospital de Villarrica, con un 100 % de la referida asignación, por lo que, a consecuencia de esa destinación no solicitada, se produjo un descenso en sus remuneraciones, no obstante que en ese período estuvo haciendo uso de licencia médica que impidió efectuar dicho cambio de residencia; por lo tanto, a juicio del recurrente, las resoluciones que disponen las destinaciones son nulas, debiendo mantenerse los primitivos beneficios económicos.

Prosigue la presentación señalando que, respecto al cobro de arriendo por el uso de la casa habitación que le otorgó la Municipalidad de Curarrehue, éste no procede, pues el convenio señalaba que para poner término al convenio se debía efectuar un aviso mediante resolución fundada y notificada con 30 días de anticipación, razón por la cual, los montos que debió pagar por concepto de arriendo son de responsabilidad de dicha Municipalidad, por lo que solicita que se ordene al aludido Municipio que proceda a la devolución de los dineros pagados por concepto de arriendo.

Al respecto, cabe recordar, en primer término, que de los antecedentes que obran en poder de este Organismo de Control, consta que mediante resolución N° 136, de 1996, de la Subsecretaría de Salud, el recurrente fue contratado en calidad de Cirujano Dentista General de Zona, 44 horas semanales, en el Hospital de Lonquimay, para que prestara servicios en el Consultorio de Curarrehue, con derecho a percibir, entre otros, sueldo base, 60% de asignación profesional calculada sobre el grado 13° EUS, 190% de asignación de estímulo y 55 % de asignación de zona.

Posteriormente, por resolución exenta N° 1.272, de 1999, del Ministerio de Salud, se modificó la resolución exenta N° 531, de ese año, que prorroga el contrato del recurrente por esa anualidad, en el sentido de que dicha prórroga debe entenderse en el Hospital de Villarrica y no como indica la...

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