Dictamen nº 1274 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239867182

Dictamen nº 1274 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 1992

conforme dfl 458/75 vivie art/4, sustituido por ley 18738, no corresponde a contraloria, sino al ministerio de vivienda, a traves de la secretaria regional ministerial respectiva, determinar si obras anexas a una planta de celulosa consistentes en planta de aguas servidas, casa de maquinas y acueducto, constituyen obras de urbanizacion, atendido el caracter eminentemente tecnico de ese pronunciamiento. direccion de obras municipales de renaico debera, pues, atenerse a lo informado por seremi vivienda de la novena region, en orden a que la construccion de un "afluente" de una laguna de "aguas servidas" y la ejecucion de una "bocatoma, que no constituya edificio", son obras de urbanizacion, en tanto que los edificios de tratamiento de afluentes y de captacion de aguas, constituyen edificaciones, por lo que deberan pagar derechos de construccion. asimismo, segun art/134 inc/1 de la ley de urbanismo y construcciones y art/547 y art/530 de la ordenanza del ramo, quedan comprendidos dentro del concepto de obras de urbanizacion las instalaciones sanitarias con sus obras de alimentacion y de desague y la jurisprudencia administrativa ha concluido que una planta de aguas servidas integra el servicio de alcantarillado. atribuciones del consejo de desarrollo comunal no contemplan su intervencion en el otorgamiento de permisos de urbanizacion o edificacion, ni en el cobro de los derechos municipales correspondientes, facultad que esta radicada en la direccion de obras municipales, segun ley 18695 art/19 lt/b num/2 y...

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