Dictamen nº 4899 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239862034

Dictamen nº 4899 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 1994

para fines del feriado legal, dias que menciona la ley 18834 art/65 deben computarse como habiles y cabales; porque art/98 del estatuto administrativo regula la extension del feriado anual en funcion de dias habiles, expresando que para tales efectos el dia sabado no se considerara como tal. por su parte, el precitado art/65, que faculta a los funcionarios publicos para no trabajar las tardes de los dias 17 de septiembre, 24 y 31 de diciembre, no puede entenderse que otorga a tales lapsos el caracter de festivos o inhabiles, ya...

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