Dictamen nº 23688 de Contraloría General de la República, de 11 de Octubre de 1985 - Doctrina Administrativa - VLEX 239856006

Dictamen nº 23688 de Contraloría General de la República, de 11 de Octubre de 1985

medidas disciplinarias senaladas en dfl 338/60 art/177, como tambien sobreseimiento de un funcionario municipal, deben ser registrados en contraloria, acorde dl 1289/75 art/64. medidas disciplinarias que aplique una municipalidad con ocasion de una investigacion, deben hacerse efectivas una vez que se le notifique al afectado el tramite de registro de la sancion correspondiente. declaracion de vacancia del cargo, como consecuencia de una peticion de renuncia, requiere que el decreto o resolucion que adopte la medida sea registrado y notificado este al afectado, para que aquella sancion adquiera plena eficacia. afectado por peticion de renuncia puede hacer uso del derecho a apelar que le franquea dfl 338/60 art/225 lt/c, si no lo hiciera dentro del plazo de 5 dias la medida que sanciona al inculpado queda a firme, y por ende, se hace efectiva, debiendo presentar la renuncia en caracter de no/voluntaria dentro del termino que se le senala. identica situacion se verifica si el afectado apela y el recurso es desestimado por contraloria, quedando ejecutoriada la medida desde la fecha en que se notifique el respectivo pronunciamiento; a partir de esa data tambien se inicia el computo del plazo para...

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