Dictamen nº 7996 de Contraloría General de la República, de 5 de Marzo de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239813530

Dictamen nº 7996 de Contraloría General de la República, de 5 de Marzo de 2001

Nº 7.996 Fecha: 05-III-2001

El Ministro de Bienes Nacionales solicita un pronunciamiento respecto de la procedencia de derogar el decreto Nº 737, de 30 de diciembre de 1985, de esa Secretaría de Estado, en la parte correspondiente al título gratuito de dominio otorgado al señor T.S.F., fallecido el 23 de noviembre de 1985.

Expresa, que de acuerdo al inciso final del artículo 93 del decreto ley Nº 1.939 de 1977, procede derogar el decreto por no haber sido aceptado por el peticionario. No obstante, se plantea la interrogante en orden a si tal medida afectaría derechos de terceros, atendido que un hermano del beneficiario aceptó el titulo gratuito de dominio ante al Conservador de Bienes Raíces y se efectuó la inscripción del caso. Agrega que se encuentra en trámite la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de don T.S.F., y la División Jurídica de ese Ministerio ha informado que han vencido los plazos legales de prescripción.

En relación con la materia planteada, es menester tener presente que de los antecedentes acompañados consta que el interesado falleció el 23 de noviembre de 1985, esto es, con anterioridad a la fecha de la dictación del decreto 737 de 1985, que le otorgó titulo gratuito de dominio sobre un predio de 787,20 hás., ubicado en la comuna de Cochrane, provincia de Capitán Prat, XI Región, en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.270.

La aceptación del título, acto en el cual se reconoce el fallecimiento de don T.S.F., fue efectuada por su hermano R.J.S.F., ante el Notario y Conservador de Bienes Raíces Suplente de Cochrane-Baker, el 22 de diciembre de 1986, inscribiéndose en la misma fecha, el título de dominio a fs. 49 Nº 47 del Registro de Propiedad del año 1986, del citado Conservador. Consta, además, que la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales XI Región, estaba en conocimiento de esta situación, a lo menos desde 1986 y, por oficio Nº 1.119 de 1989, informó al Consejo de Defensa del Estado, que el decreto derogatorio se encontraba en trámite.

Ahora bien, la ley N º 18.270, fundamento del decreto objeto de la consulta de la suma, autoriza al Presidente de la República para otorgar títulos gratuitos de dominio, a las personas naturales chilenas que cumplan con los requisitos que esa normativa establece, que ocupen y exploten desde por lo menos 5 años antes de la vigencia de esa ley, tierras rurales fiscales en la XI Región.

El artículo 1°, en sus incisos 6° y 7°, establece que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR