Dictamen nº 29913 de Contraloría General de la República, de 15 de Noviembre de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239769378

Dictamen nº 29913 de Contraloría General de la República, de 15 de Noviembre de 1984

pensionado de canaempu no tiene derecho a percibir asignacion familiar por su nieto, hijo natural de su hija legitima menor de edad, porque los hijos naturales de los hijos legitimos no pueden ser causantes de tal beneficio respecto del padre de estos ultimos, por no tener legalmente calidad de nietos. en cambio, los hijos legitimos de los hijos naturales son nietos del padre de estos ultimos y, por ende, pueden ser invocados como causantes de asignacion familiar por su abuelo, siempre que cumplan demas requisitos del dfl 150/81 prevision art/3 lt/c. ello, atendido que reconocimiento de filiacion natural de un hijo produce sus efectos exclusivamente respecto del padre o madre natural, sin que tales...

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