Dictamen nº 7879 de Contraloría General de la República, de 23 de Marzo de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239706950

Dictamen nº 7879 de Contraloría General de la República, de 23 de Marzo de 1989

devuelve dfl de obras publicas que aprueba ley general de servicios sanitarios, porque excede ley 18681 art/39 que faculto al presidente de la republica para revisar y modificar normas relativas a la explotacion y al regimen de concesiones aplicable a la produccion y distribucion de agua potable y a la recoleccion y disposicion de aguas servidas contenidas en dfl 235/31, dfl 458/75 vivie y en cualquier otro texto legal. en efecto, ley delegatoria no alcanza a la existencia, regimen juridico y eventual supresion de actuales empresas del estado y servicios publicos estatales por los que la administracion en forma directa, proporciona el agua potable y alcantarillado a la poblacion, al margen del sistema de concesion. solo por ley puede cambiarse naturaleza juridica de sendos, emos y esval, de modo que son objetables normas sobre caducidad y transformacion de las concesiones, en lo que dicen relacion con servicios y empresas que a la fecha del dfl analizado se regian por dl 2050/77, pues esas disposiciones permiten la transformacion de las entidades referidas en meros concesionarios temporales, con capacidad para enajenar y gravar sus respectivas concesiones, a las cuales tambien se les puede poner termino por alguna de las causales que el mismo texto senala, sin sujecion a las normas que los rigen, las que la ley delegatoria no autoriza derogar, puesto que no comprende al estatuto y regimen juridico de los organismos del estado que se dedican a las actividades senaladas.; ademas, ley 18777 legislo directa y expresamente sobre emos y esval en terminos incompatibles con los contenidos en el acto examinado, como sucede con su art/1 que autoriza al estado para desarrollar actividades empresariales en materia de agua potable y alcantarillado en la region metropolitana y v/region, las que ejercera por sociedades anonimas senaladas en art/2, al margen del sistema de concesion. por otra parte, segun ley 18777 art/11, el dl 2050/77 art/8, actual marco juridico de las empresas recien nombradas, quedara derogado solo desde la publicacion del decreto referido en art/5 inc/2 de esa ley, la que tambien en su art/4 establece el dominio mayoritario del estado con...

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