Dictamen nº 4085 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239705606

Dictamen nº 4085 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 1997

desestima reclamo de interesado en orden a que se declare ilegalidad de dto 845/96 obras publicas, que dispone la adjudicacion del contrato de concesion ruta 5, tramo santiago los vilos al consorcio formado por las sociedades tribasa cono sur sa y construcciones de ingenieria neut latour y compania sa. ello, porque del examen del acta de apertura de la propuesta, contrariamente a lo afirmado por el recurrente, fue el consorcio trinela ruta 5 sa, nombre de fantasia con el que aparece inscrita en el registro especial internacional abierto por el ministerio de obras publicas para esta licitacion en particular, la union de las empresas antes indicadas, el que presento en tiempo y forma sus correspondientes ofertas tecnica y economica. lo anterior no se desvirtua por el solo hecho de que en las caratulas de las carpetas en que constan los aludidos documentos, se haya indicado la denominacion que tendra la concesionaria que represente a la misma union de sociedades en el caso de ser favorecida con la adjudicacion senalada, esto es "tribasa los vilos sa", ademas que dicha situacion no fue objeto de observacion o reparo por parte del resto de los proponentes en ese acto de apertura. por otra parte, la adjudicataria adjunto un instrumento privado, autorizado ante notario, en el que consta, en su parte dispositiva, que para todos los fines del punto 1/3/3/3 a) 2) de las bases de la licitacion examinada, las partes involucradas, debidamente representadas por quienes se indica, designaron como representante a persona individualizada, extendiendose el mismo mandato, especialmente, a lo relacionado con las actuaciones de la concesionaria tribasa los vilos frente al aludido ministerio y como delegado para los objetivos de incripcion, cobro de reembolsos previstos en las bases y reuniones a celebrarse con esa secretaria de estado, cumpliendo asi lo establecido por la indicada clausula de las bases especialmente a lo concerniente a la obligacion de designar un representante o mandatario del licitante. asimismo, si bien los...

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