Dictamen nº 22175 de Contraloría General de la República, de 6 de Agosto de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239682090

Dictamen nº 22175 de Contraloría General de la República, de 6 de Agosto de 1990

es improcedente transformar en pesos el valor de las cuotas mensuales expresadas en unidades de fomento que pagan los asignatarios de viviendas sociales construidas con fondos municipales, porque se vulnera ley 18138 art/2 y dto 804/82 inter art/27 inc/1, que establecen que los valores de las viviendas deben expresarse en dichas unidades, para incorporar un mecanismo de actualizacion automatica del precio de venta, segun la variacion del indice de precios al consumidor. el legislador no ha establecido ninguna formula distinta para determinar el precio de tales soluciones habitacionales, asi como tampoco respecto del saldo que adeude el asignatario, de modo que no procede que una municipalidad disponga una forma diversa de establecer dichos valores. no obstante ello, acorde ley 18138 art/4, en relacion con dto 804/82 inter art/27 inc/2, el limite maximo de la subvencion municipal destinada al pago del precio de venta es de hasta un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR