Dictamen nº 13893 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239666722

Dictamen nº 13893 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2002

MateriaDerecho Público y Administrativo

N° 13.893 Fecha: 12-IV-2002

Se ha dirigido a esta Contraloría General, Suboficial ® de la Fuerza Aérea de Chile, solicitando un pronunciamiento respecto de la legalidad de su inclusión en lista de retiro. Solicita, además, se informe si el cese en la percepción de la asignación de máquina se encuentra ajustado a derecho y reclama también por cuanto, según señala, su derecho a feriado se le postergó en forma discrecional por el mando institucional.

Requerido su informe, el Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile, mediante oficio CP. AUD. ® N° 2513/26, de 2002, señala, en síntesis, que el desempeño profesional del recurrente fue evaluado en el proceso de calificaciones 2000-2001 por su Calificador Directo y Calificador Superior, proponiéndose su clasificación en Lista 1, con un desempeño normal, considerándose al efecto todos los antecedentes existentes en su Hoja de Vida, en la cual consta que con fecha 27 de abril de 2001 se estampó la sanción de un día de arresto militar, con todo servicio en el cuartel, por no haber ejecutado una orden impartida por un superior jerárquico, la que, recurrida por el interesado, fue sustituida por la de amonestación, por demostrar negligencia y falta de iniciativa.

Agrega que la Junta de Selección del Personal del Cuadro Permanente acordó bajarle la nota en los conceptos 1 "Conducta Profesional y privada, sobriedad y moralidad", de 6,4 a 3,5; concepto 4, "Lealtad, cooperación, iniciativa, compañerismo", de 6,2 a 3,5, y concepto 8, "Aptitudes para el mando", de 6,3 a 5,0, modificando su término medio total de 6,34 a 5,65, por cuanto demostró una conducta profesional privada y lealtad "menos que regulares" y aptitudes para el mando sólo "bueno", definiéndose que no poseía aptitudes para el grado superior, en consideración a lo cual propuso su calificación en Lista N° 3 y su inclusión en cuota de retiro.

En contra de dicho acuerdo, el recurrente interpuso recurso de reconsideración ante la Junta Especial de Selección del Personal del Cuadro Permanente, la que lo incluyó en lista de retiros, debiendo hacerse efectivo a partir del 1 de enero de 2002.

Para impugnar dicha decisión, el recurrente interpuso recurso de apelación ante la Junta de Apelación del Cuadro Permanente, la que no dio lugar a dicho recurso, quedando a firme su inclusión en Lista de Retiros.

Sobre el particular, cabe señalar en primer término que, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del articulo 100° del DFL N° 1, de 1997...

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