Dictamen nº 27985 de Contraloría General de la República, de 3 de Agosto de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239662250

Dictamen nº 27985 de Contraloría General de la República, de 3 de Agosto de 1999

municipalidades pueden conceder subvenciones a sus asociaciones de funcionarios para que realicen actividades que ordinariamente competen a los servicios de bienestar, cuando estos no existen en las entidades edilicias. en todo caso, su otorgamiento y monto debe quedar sometido a las mismas modalidades que respecto de los aportes de bienestar se indican en dl 249/73 art/23. por ningun motivo las aludidas subvenciones pueden tener por finalidad la asistencia social. ello, porque esta ultima, que corresponde al municipio, no es posible que la efectuen las entidades gremiales, las que solo se hallan en condiciones de llevar a cabo labores de bienestar, las cuales son diferentes. no debe confundirse la funcion de asistencia social edilicia con la entrega de subvenciones. esto, por cuanto las indicadas ayudas revisten una naturaleza distinta, se conceden para objetivos diversos y se sujetan a procedimientos diferentes. por ende, no procede otorgar asistencia social por la via de una subvencion, ya que se estaria desvirtuando el caracter y finalidad de la ultima. en cambio, nada impide que una entidad edilicia...

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