Dictamen nº 27908 de Contraloría General de la República, de 22 de Octubre de 1987 - Doctrina Administrativa - VLEX 239630742

Dictamen nº 27908 de Contraloría General de la República, de 22 de Octubre de 1987

devuelve resoluciones del servicio de impuestos internos que autorizan devolucion por impuestos de timbres y estampillas del 3 por ciento que afecto las importaciones de bienes de capital acogidos al sistema de pago diferido del dl 1226/75, porque las solicitudes de devolucion del tributo referido no cumplen requisitos previstos en dl 3475/80 art/3, dl 1226/75 y su reglamento dto 635/77 hacie, esto es, que se acompanen todos los antecedentes que acrediten el pago del impuesto y la circunstancia de no poder imputarlo en forma total a los derechos aduaneros causados por la importacion, peticion que debe presentarse dentro de un ano contado desde la fecha en que el servicio nacional de aduanas determine que peticionario ha quedado definitivamente liberado de pagar los derechos aduaneros o desde que venza el termino de siete anos referido en dl 1226/75 art/2 inc/1. de este ultimo precepto aparece que la determinacion del pago parcial y/o total de los derechos aduaneros se efectuara por acto formal, o sea, por resolucion de la direccion regional de aduanas competente, a contar de cuya data regira el plazo de un ano dentro del cual interesado puede impetrar el beneficio en...

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